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SORTEO DÍA DE
LOS ENAMORADOS

Bases y Condiciones de

Duomo S.A. para Sorteo

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1. DUOMO S.A., con domicilio legal en Av. Martín Fierro N°3058 de la Ciudad de Posadas, Misiones, (el “Organizador”), organiza el Sorteo denominado “Sorteo Día de los Enamorados” (el “Sorteo”), que tendrá vigencia en las provincias de Misiones, Corrientes, Entre Ríos y Chaco (el “Territorio”), desde el día 10 de febrero de 2025, a las 9hs. hasta el 12 de febrero de 2025, a las 00hs. (“Plazo de Vigencia”), y que se regirá por lo establecido en estas Bases y Condiciones (las “Bases”)

 

2. Para participar del Sorteo, los participantes deben ser personas físicas, mayores de 13 años, que vivan en el “Territorio” indicado en el punto 1 precedente, o bien que residan transitoriamente en el “Territorio” durante la vigencia del Sorteo, y deberán durante el “Plazo de Vigencia” y siguiendo las instrucciones allí impartidas: a) seguir las redes de Duomo (@heladosduomo), b) poner “Me gusta” a la publicación por el Día de los Enamorados, c) arrobar a la persona con la que compartirán el premio y d) completar el Formulario de Google del perfil de Instagram, con sus datos personales. Los participantes que realicen los cuatro pasos anteriormente descriptos participan del sorteo de 14 kilos de helado.  Los Ganadores serán elegidos al azar entre quienes hayan cumplido dichos pasos.

 

La participación en el Sorteo es sin obligación de compra de ningún bien o servicio. Estará a cargo de los Participantes el pago de todos los gastos en que incurra con motivo o en ocasión de concurrir a reclamar y/o retirar y/o usar su premio. Los premios son intransferibles y no canjeables por dinero. El ”Organizador” se reserva el derecho de eliminar a cualquier Participante que no respete los términos y condiciones establecidos en el presente.

 

3. Una vez cumplido lo indicado en el punto 2 precedente, los Participantes participarán automáticamente de un sorteo que se llevará a cabo el día jueves 13 de febrero de 2025, con una herramienta informática randómica, que elegirá al azar 14 (catorce) Participantes (“Ganadores”) que recibirán un kilo de helado cada uno.

 

Los Ganadores estarán distribuidos de la siguiente manera: 10 en la provincia de Misiones (5 en Posadas, 5 en el interior de la provincia), 1 en la provincia de Chaco, 2 en la provincia de Corrientes y 1 en la provincia de Entre Ríos. El Premio no podrá ser transferido, negociado, rembolsado, cobrado en efectivo, intercambiado, ni reclamado por terceros. Asimismo, el Premio no incluye ninguna otra prestación o servicio no enumerado en las presentes Bases.

 

4. Se presumirá, sin admitirse prueba en contrario, que los Ganadores son las personas cuyo nombre y apellido sea informado al Organizador en el acto de compartir el contenido por medio de su perfil de Instagram y Facebook. Al momento de reclamar la asignación del Premio y como condición de la asignación del mismo, los Ganadores deberán exhibir su Documento Nacional de Identidad y los nombres y apellidos que figuren en dichos documentos deberán coincidir con los informados en su perfil de Instagram y Facebook; caso contrario, dichos Ganadores perderán automáticamente el derecho a que el Premio les sea asignado.

 

Los Ganadores serán notificados de su carácter de tales, así como también del nombre y dirección del restaurant donde podrán disfrutar de la Cena para dos personas, vía Instagram y/o Facebook o bien a través de los datos de contacto brindados en el Formulario de Google.

 

En cuanto al retiro del premio de 1 Kg de helado por ganador, los Ganadores deberán presentarse personalmente a reclamar la asignación del Premio, con su DNI, en la sucursal de Duomo que le indique el “Organizador”, el día Viernes 14 de febrero de 2025, en el horario comprendido entre las 09 y las 01hs.

 

Si el Organizador no lograra contactarse con un Ganador por Instagram y/o Facebook después de realizar al menos dos (2) intentos, dicho Ganador perderá automáticamente el derecho a que el Premio le sea asignado y el mismo quedará en propiedad del Organizador.

 

La falta de reclamo de la asignación del Premio en la forma y dentro del plazo establecido precedentemente o la falta de cumplimiento de cualquiera de los demás requisitos que para la asignación del Premio se establecen en estas Bases, hará perder a sus Ganadores, automáticamente, el derecho a la asignación del Premio. En caso de que el Premio quedara vacante, el mismo quedará en propiedad del Organizador.  

 

Todo gasto en que incurran los Ganadores para su traslado cuando concurran a retirar el Premio estará a su exclusivo cargo.

5. Los Ganadores cederán gratuitamente al Organizador la propiedad intelectual de sus Imágenes y autorizarán al Organizador a difundir sus nombres y apellidos, imágenes y voces, con fines comerciales, en los medios y formas que el Organizador disponga, sin derecho a compensación alguna, hasta transcurridos tres (3) años de finalizado el Sorteo.

 

6. La participación en el Sorteo es libre y sin obligación de compra alguna. Para participar en la Promoción no es necesaria la adquisición de bienes o de servicios comercializados por el Organizador ni el pago de suma alguna al Organizador. No podrán participar del Sorteo los socios, accionistas, empleados directos y colaboradores externos de Duomo Helados, ni sus familiares.

 

7. Instagram y Facebook no tienen intervención ni responsabilidad alguna en la organización del Sorteo. En consecuencia, Instagram y/o Facebook no serán responsables del cumplimiento de los compromisos que asume el Organizador en estas Bases y los Ganadores deberán reclamar la entrega del Premio exclusivamente al Organizador.

 

8. El Organizador no será responsable de daños, perjuicios o pérdidas ocasionados a los Ganadores o a terceros, en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión del uso del Premio ni por fallas en los equipos de comunicación, de suministro de energía, de líneas telefónicas, de la red Internet, ni por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el normal desarrollo del Sorteo.

 

Cuando circunstancias no imputables al Organizador o no previstas en estas Bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar el Sorteo, supuesto en el cual los Participantes no tendrán derecho a reclamo alguno.

 

9. La participación en el Sorteo implica la aceptación por parte de los Participantes de estas Bases, así como de las decisiones que adopte el Organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas.

10. Las Bases y Condiciones podrán ser consultadas en la siguiente página Web: www.duomohelados.com/bases

 

11. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización del Sorteo, los Participantes, Ganadores y el Organizador se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Nacionales Ordinarios con sede en la ciudad de Posadas, Misiones.

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